Joaquín Navarro Estevan
Podemos descansar tranquilos. El eminente jurista Josep Piqué nos asegura que el acercamiento de los presos a su lugar familiar de residencia "no es un derecho subjetivo", sino un simple "criterio orientativo". Miente -dice el ministro portavoz- quien asegura lo contrario. También mienten todos los que afirman que los presos etarras son presos políticos. No sólo mienten, sino que se convierten, de forma automática, en filoetarras, como monseñor Setién. Mayor Oreja y Piqué se han empeñado en emular al Papa: cuando hablan de cárceles y presos son infalibles. Aunque confundan esperanza y realidad, Justicia y política y Derecho y eficacia, sientan cátedra. Son la boca que pronuncia las palabras de la ley.
Pero no. El artículo 12 de la Ley General Penitenciaria ordena evitar el desarraigo social de los penados mediante su acercamiento a su núcleo territorial de residencia. El artículo 63 establece que la clasificación de los reclusos deberá tener en cuenta su personalidad e historia individual, social y familiar. El Reglamento Penitenciario -de 9 de febrero de 1996- dice en su exposición de motivos que uno de los objetivos esenciales del régimen penitenciario es "fortalecer los vínculos entre los delincuentes, sus familiares y la comunidad, en línea con las condiciones de Naciones Unidas en su reunión de Tokio de diciembre de 1990" (en la que se reafirmó el derecho de los reclusos a cumplir su condena en establecimientos cercanos a su residencia familiar). El artículo 3 del mismo Reglamento Penitenciario señala que la vida en prisión debe tener como referencia la vida en libertad, reduciendo al máximo los efectos nocivos del internamiento y favoreciendo los vínculos sociales. Y el artículo 81 establece que "el tratamiento individualizado ha de tener en consideración las posibilidades de vinculación familiar del interno".
Todo ello no es sino consecuencia del mandato constitucional de que las penas privativas de libertad se orienten hacia la reeducación y la reinserción social de los condenados. Parece más que razonable entender que la reinserción exige preparar al interno para su retorno al ámbito familiar y social al que pertenecía. Y no parece mínimamente razonable ni justo que los familiares y amigos de los reclusos sean también castigados con ellos, a la manera medieval, o que los presos reciban el plus punitivo de su desgajamiento del entorno familiar y social. El artículo 3 de la Ley Penitenciaria proclama que debe respetarse, en todo caso, la personalidad humana de los reclusos, de la que forma parte indisociable su núcleo familiar y social de convivencia.
Mal se aviene con estos postulados un régimen penitenciario que somete el Derecho al interés político y convierte a los presos en rehenes del Gobierno. Mayor Oreja dice que no deben ser rehenes de ETA. ¿Deben serlo del Gobierno?. Ningún preso, etarra o no, debe ser rehén de nadie. Ninguno debe ser discriminado, marginado o privado de cualquier derecho por la clase de delito cometido. No vale afirmar que no existen presos políticos mientras se trata como tales a los presos etarras, utilizándolos (ahora se ve con palmaria claridad) como moneda de cambio o trueque en el llamado -aún no comenzado- "proceso de pacificación" de Euskadi. Es vergonzoso que los derechos penitenciarios de ciertos reclusos se subordinen -en su ejercicio y en su propia existencia- a los vaivenes de la realidad política y de la llamada lucha antiterrorista. Que nada tengan que ver con la Justicia y con el Derecho. Que la ejecución de las penas -que es función constitucional del poder judicial- sea una parcela de la actividad política, es decir, puesta al servicio del Gobierno para que éste, con unas u otras coartadas, la administre según criterios de oportunidad y conveniencia. Y, encima, de espaldas a la ley.
Las cosas así ¿quién puede negar que son presos políticos? Son tratados como reclusos escepcionales, se les aplica un régimen penitenciario especial, se les niegan derechos elementales de cualquier preso común y se les utiliza como baza de negociación política. ¿Son acaso presos ordinarios? Hay que tener el coraje de llamar a las cosas por su nombre o, como dice Eduardo Galeano, "preservar el nombre de cada cosa frente a la mentira organizada y el continuo disfraz".
Ya las palabras de Setién (difundidas mediante una flagrante violación del secreto de las comunicaciones) levantaron oleadas de cólera. ¡Mira que llamar presos políticos a los presos políticos¡. Ahora, el discurso de Ibaretxe exigiendo poner término tanto a la "kale borroka" como a la dispersión de presos ha roto el hígado de los hipócritas. Según muchos, la violencia callejera es ilegal y la dispersión de presos es legal. Es una flagrante ilegalidad, un atentado contra la Constitución y el ordenamiento penitenciario. Sobre todo cuando no es sino una baza de negociación política con los etarras. Si EH, HB, ETA y el MNLV "se portan bien" se termina la dispersión. Si se portan mal, la dispersión se mantiene. ¿Es ésta una conducta atenida a normas de justicia y equidad? ¿Qué tiene que ver con el Derecho y con la ley?
Nada tuvo que ver el Decreto de 7 de mayo de 1996, por el que Instituciones Penitenciarias pasó de Justicia a Interior. El ministerio policial por excelencia, donde la lógica represiva y el pretorianismo encuentran generoso asilo, se hacía cargo del régimen de ejecución de penas. Ya no había posible disimulo: la administración penitenciaria pasaba en su conjunto al ministerio de la represión, los funcionarios de prisiones se equiparaban a los policías y los jueces de vigilancia penitenciaria se convertían en intrusos. Así se controlaba mejor a los presos etarras y se negociaba mejor con ellos. Ahora estamos viendo el fondo de aquella filosofía. Convertir en rehenes políticos a los presos etarras.
Josep Piqué debería reflexionar antes de llamar mentirosos a los que defienden, con la Constitución y la ley en la mano, que los presos -todo preso- tienen derecho a cumplir su pena en cárceles cercanas a su núcleo familiar y social. Mienten y se ponen fuera de la ley los que niegan ese derecho. Y, lo que es más grave, atentan contra el derecho a la paz, del que la justicia es parte indisociable.